[CESIÓN] EL GRAN DILEMA EN PROTOCOLO por Amanda Gil Benítez (@amandagilb)

¡Buenas tardes!

Hoy quiero hablaros sobre lo que quizás sea el motivo más frecuente por el cual un acto puede no desarrollarse todo lo bien que nos hubiera gustado o incluso ocasionar molestias en sus invitados. Se trata de las precedencias protocolarias.

Para cualquier profesional del protocolo este aspecto es fundamental y el más problemático en algunas ocasiones. En todo evento existe una zona reservada para el anfitrión y sus invitados principales; la presidencia. Por norma general, todos sus integrantes se situarán de acuerdo a la normativa oficial y el anfitrión ocupará la primera posición de esa presidencia. Por otro lado, el anfitrión podrá ceder uno o dos puestos a alguno de sus invitados, produciéndose una cesión moderna (en caso de ceder un puesto) o una cesión clásica (en caso de ceder dos puestos).

Sin embargo, en protocolo no todo es tan metódico y , a veces, hay que ser algo flexible con las normas establecidas. En España, el Real Decreto 2099/83 de 4 de agosto establece el ordenamiento general de Precedencias en el Estado y por lo tanto, se emplea en todo acto oficial. Con respecto a las cesiones, no hay normativa aunque sí tradición; siempre se cede el puesto en caso de asistir algún miembro de La Casa Real o al Presidente del Gobierno, pero cuando hablamos de otras autoridades, son numerosas las ocasiones en las que este hecho provoca algún enfrentamiento.Casi siempre, hay trasfondo político en aquellos casos en los que un anfitrión no cede al recibir a una autoridad que ocupa un puesto más elevado en precedencias, aunque también puede haber otros motivos.

En Francia, por ejemplo, las precedencias se rigen en el Decreto nº 95-1037, de 21 de septiembre de 1995, modificando al Decreto nº 89 – 655 de 13 de septiembre de 1989, y existe una norma por la cual siempre se cede la presidencia a favor de la máxima autoridad existente, sin posibilidad de excepción. Es una forma muy objetiva de solventar situaciones que puedan dar pie a enfrentamientos.

Por lo tanto, me gustaría lanzar una pregunta : ¿Consideráis preciso establecer en España una norma similar?

Si bien es cierto que toda autoridad debe defender su lugar, quizás sería una buena forma de evitar situaciones tensas, que pueden acabar destruyendo la filosofía de nuestro acto.

Post publicado originalmente en el Blog de Amanda Gil Benítez (https://eventsprot.wordpress.com) en:  https://goo.gl/tCTBZO

presidencias

Más información sobre oferta formativa y prácticas en: Escuela Internacional de Protocolo de Granada
C/ Duquesa, 3 (18001 Granada). Tel. 958 277 824. Fax. 958 277 702.
Correo e. escuela@eipgranada.com
Web: http://www.eipgranada.com
Facebook:http://www.facebook.com/eipgranada
Twitter: http://twitter.com/EIPGranada
Youtube: https://www.youtube.com/user/eipgranada/videos
LinkedIn:http://www.linkedin.com/company/1398935

 

Anuncio publicitario